Sociedad
Sábado 27 de Agosto de 2016
Aconsejan tener en cuenta requisitos al momento de adquirir terrenos
La Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, a través de la Secretaría de Planeamiento Urbano, recuerda a la población acerca de requisitos mínimos que los potenciales compradores deben exigir a las inmobiliarias a la hora de adquirir terrenos. El Código de Planeamiento Municipal fija condiciones que se deben cumplimentar para el fraccionamiento de tierras urbanas, que las empresas inmobiliarias tienen la obligación de cumplir a la hora de poner en venta lotes. En la nota, detalles a tener en cuenta para evitar ser víctimas de estafas.
Debido a las publicaciones en distintos medios de particulares y/o emprendedores inmobiliarios que ofrecen en venta lotes de terrenos, la Municipalidad de Corrientes recuerda requisitos mínimos que los compradores deben tener en cuenta antes de adquirirlos.
El Código de Planeamiento Urbano (CPU) fija exigencias para el fraccionamiento de tierras urbanas que las inmobiliarias deben cumplir antes de poner en venta lotes. Los terrenos deben contar con infraestructura y servicios mínimos: provisión de electricidad, apertura y consolidación de calles, agua potable, cloaca, desagües pluviales, entre otros. De esta manera, la Municipalidad de Corrientes pretende informar a los vecinos de la Ciudad, previo a realizar alguna transacción, y evitar ser víctima de estafas.
En el mencionado Código, en la sección 2.3.2 de Fraccionamiento de Tierras Urbanas y la sección 2.3.2.3 sobre Condiciones del Fraccionamiento, se exige el cumplimiento de las infraestructuras y servicios señalados, y cuya provisión es condicionante para la aprobación del parcelamiento.
Por esta razón, el propietario del parcelamiento debe manifestar si se acoge al Sistema de Contribución de Mejoras o tomará a su cargo los trabajos de infraestructura básica (Art. 2.5.5 inc. B y Art. 2.5.7 del CPU).
Asimismo, la Municipalidad de Corrientes comunica que está prohibida la venta de lotes de subdivisiones aprobadas que no cumplan con las exigencias del art. 2.5.10 del CPU.
En caso de incumplimentos la Comuna realizará las acciones judiciales pertinentes, como lo hizo meses atrás con una firma local que recibió sanciones judiciales y debió compensar las pérdidas que sufrieron familias que compraron lotes sin servicios en zonas inundables.
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Concretamente esto, esta sucediendo ahora mismo en múltiples lugares de nuestra cuidad. Puntualmente es el caso del loteo x av. Ex-Centenario entre las calles Caracas y Basabilbaso (barrio popular) . Donde la inmobiliaria SAFF comercializa estos terrenos sin agua/luz/etc. Ojo a una pequeña suma de 800.000
De paso, seria bueno que la municipalidad este atenta para que no hayan loteos que no cumplan los requisitos de la ordenanza. Directamente debería clausurar y multar a la inmobiliaria que lo haga.
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