EN VIVO otra mañana / Daniel Toledo



Politica

Sábado 10 de Abril de 2021 - Actualizada a las: 10:23hs. del 11-04-2021

SUMÓ RESTRICCIONES A TRANSPORTISTAS

El Gobierno extendió el cierre de fronteras hasta el 30 de abril

Hasta mayo no podrán ingresar personas de otras nacionalidades que no sean residentes. Además, cualquier ciudadano que quiera entrar al país deberá cumplir con nuevas normativas.  


El gobierno de Alberto Fernández sigue ajustando las normativas después del debut de las restricciones a la movilidad impuestas para contener la segunda ola del coronavirus en la Argentina. Esta vez, el Poder Ejecutivo informó que la prohibición de ingresos de turistas extranjeros no residentes al país se extenderá hasta el 30 de abril y lanzó nuevos requisitos sanitarios para transportistas y tripulaciones.

Se trata de medidas complementarias al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que estaban comprendidas dentro del programa de Distanciamiento Social Preventivo Obligatorio (DISPO) que vence el sábado.

Ahora, cualquier persona extranjera que quiera ingresar al país vía terrestre deberá contar con testeo de Covid negativo realizado dentro de las 72 horas. En el caso de ciudadanos argentinos deberán tener un test de antígenos de al menos tres días anteriores al ingreso.

Nuevos requisitos para transportistas y tripulaciones:

Los viajeros/as deberán hacerse un testeo para poder abordar el avión con destino a la Argentina. Además, deberán hacerse un testeo al llegar al país y otro al séptimo día de ingreso. Esos tests estarán a cargo del pasajero.
Quienes resulten positivos al ingreso deberán realizarse otro testeo de secuenciación genómica y, junto con sus contactos estrechos, cumplir aislamiento en los lugares que indiquen las autoridades nacionales, hasta su traslado seguro hasta la residencia si correspondiera.
La estadía en dichos lugares y el testeo de secuenciación será a cargo del pasajero.
Quienes resulten negativos al ingreso al país cursarán aislamiento en sus domicilios y deberán realizar un nuevo test para dar por concluida esa restricción a salir.
Quienes regresen del exterior están obligados a aislarse 10 días contados desde el primer testeo realizado en el país de origen.
Se controlará que quienes regresaron de viaje estén cumpliendo el aislamiento en sus domicilios.
En caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento, las autoridades deberán radicar una denuncia penal de acuerdo con los artículos 205 y 239 del Código Penal (por violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública).
El viajero/a deberá declarar los lugares en donde estuvo los últimos 14 días previos al reingreso al país.
También, el Gobierno estableció nuevos requisitos para transportistas y tripulaciones:
Terrestres: los extranjeros deberán contar con testeo de Covid negativo realizado dentro de las 72 horas de ingreso al país; los nacionales deberán realizar testeo de antígenos dentro de las 72 horas de ingreso al país.
Buques: los extranjeros deberán permanecer embarcados y no contarán con relevo en el país; los nacionales deberán realizar un testeo de antígenos dentro de las 72 horas de ingreso.
Aéreos: los extranjeros deberán movilizarse bajo modalidad burbuja en el país y cumplir los protocolos sanitarios; los nacionales, realizar testeos de antígenos como mínimo cada 15 días o menos

Las autoridades insistieron además en su recomendación de “no viajar al exterior” para “todos los argentinos/as y residentes, especialmente aquellos que integran los grupos de riesgo”, con el objetivo de “evitar las dificultades y condiciones sanitarias exigidas al reingreso, considerando la rápida evolución de las condiciones epidemiológicas”.

“El flujo de personas que regresen al país dependerá de la necesidad de realizar en forma correcta los testeos al ingreso, el cumplimiento de medidas sanitarias, el diagnóstico, identificación de los contactos estrechos, derivación y traslado cuando corresponda”, advirtió el Gobierno.

Se reiteró la disposición que suspendió los “viajes internacionales grupales, de egresados y egresadas, jubilados y jubiladas, de estudio, para competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de actividades recreativas y sociales, en forma genérica”.

TN

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