Sociedad
Jueves 19 de Noviembre de 2020 - Actualizada a las: 15:04hs. del 19-11-2020
Fallo sobre el puente: "Es competencia de la Corte Suprema"
El abogado Ricardo Sosa, especialista de consulta frecuente de Radio Sudamericana en temas legales se refirió al fallo del juez Civil y Comercial 21 de Resistencia que hizo lugar a un habeas corpus, permitiendo a un chaqueño circular libremente hacia Corrientes. Explicó que se debe evaluar si la decisión se ajusta a derecho, pero “los más sano hubiera sido que se presente directamente en la Corte Suprema”.
El juez Civil y Comercial 21, Julián Flores, había hecho lugar el martes a un pedido de habeas corpus colectivo y dispuso que se “deberá garantizar la libre circulación” por el paso interprovincial entre las provincias de Chaco y Corrientes, a través del Puente General Manuel Belgrano, con “la observancia de las medidas de prevención para el coronavirus”.
La parte resolutiva del fallo señala que tiene alcance erga omnes es decir “para todos” y también es benévolo es cuanto a la antigüedad que deben tener en los estudios en función de lo que había acordado el Ejecutivo correntino con el grupo de chaqueños, con quienes se pautó que sea no mayor a 72 horas mientras que lo que dispone el magistrado establece que pueden estar dentro de los 15 días de solicitado el permiso. Además, el juez establece que en caso de no cumplirse con lo dispuesto una multa de hasta 100.000 pesos por día.
Sosa comentó que el fallo es legal porque es dictado por un representante de uno de los tres poderes del Estado, “pero es discutible si está ajustado a derecho”. Argumentó que “la Corte Suprema es la que tiene que zanjar las cuestiones entre provincias” y que “lo más sano hubiera sido que la presentación del habeas corpus se realice en la Corte”.
Expuso que a Corrientes le resta realizar el reclamo en el máximo órgano de justicia nacional, que en definitiva será quien decida en la cuestión.
Para consultas sobre temas legales, el Estudio Jurídico del Dr. Ricardo Sosa se encuentra en calle 9 de Julio 2039 de la Ciudad de Corrientes. Los interesados pueden comunicarse al número de celular (0379) 154780068.
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Genio, si es competencia de la Suprema Corte entonces reconocés que no es un derecho de un gobernador obstaculizar el libre acceso a una provincia por una ruta nacional. Desde el punto de vista sanitario tampoco tiene sentido porque sería lo mismo que querer cobrarle hisopados a los que viven en algún barrio con muchos casos y quieren ir a algún lugar de la ciudad. Dejen de querer defender lo indefendible, antes eran los piqueteros y ahora tenemos un gobernador que se arroja el derecho a prohibir la libre circulación. Y tener que pagar un hisopado es discriminatorio porque no sale $100 y no todos pueden pagarlo. Valdez piquetero.
flojito el abogado especialista...no es legal, no se ajusta a derecho....se viola la autonomia pcial art.5 C.N
Se tiene que permitir la circulación por el puente y aqui las opciones una bes que lo crusen volver al chaco . Seguir hacia ruta doce y eleguir misiones o entre rios por que cuando se bajen de ruta nacional estan en territorio correntino y de una patada en el tuje los subimos al vehículo
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