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Sociedad

Jueves 25 de Febrero de 2021 - Actualizada a las: 11:05hs. del 25-02-2021

44 TRIPULANTES FALLECIDOS

ARA San Juan: el Senado aprobó una indemnización para familiares

El beneficio, que se cobrará por única vez, equivale a siete millones de pesos. Quienes lo perciban no podrán continuar con un eventual juicio o reclamo legal contra el Estado.


El Senado aprobó este miércoles y convirtió en ley por unanimidad el proyecto que otorga un beneficio extraordinario por única vez a los familiares de los 44 tripulantes fallecidos en el submarino ARA San Juan en 2017. Fue tras un debate con reproches entre oficialistas y opositores.

La iniciativa, aprobada semanas atrás por la Cámara de Diputados y sancionada con 53 votos en la Cámara Alta, reconoce a los familiares de la tripulación “el derecho a percibir por única vez un beneficio extraordinario de carácter económico por grupo familiar”.

Sin embargo, durante el debate, el oficialismo y la oposición cruzaron reproches por el tema. Luego de que Juntos por el Cambio criticara al Gobierno por el escándalo de las vacunas, el Frente de Todos culpó a la administración del expresidente Mauricio Macri por lo ocurrido con el submarino que desapareció el 15 de noviembre de 2017 en el Mar Argentino y fue hallado un año después, a más de 900 metros de profundidad.

En su articulado, la iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo señala que el beneficio “tendrá el carácter de indemnización extraordinaria” y que estará “exento de gravámenes”.

El monto será equivalente a “la remuneración mensual de los y las agentes de Nivel A, Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP)” multiplicado “por el coeficiente 100”. Una cifra que a valores actuales equivaldría a siete millones de pesos aproximadamente.

La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad y convirtió en ley la indemnización para los familiares de las víctimas del submarino ARA San Juan. (Foto: NA - Juan Vargas).

Además, la nueva ley establece que el cobro del beneficio es “incompatible con cualquier acción judicial en trámite, de reclamo de daños y perjuicios por parte de los y las beneficiarios y/o beneficiarias”.

Por esta razón, señala que los familiares podrán optar por percibir este beneficio o por continuar por la vía civil, en caso de haber iniciado una acción judicial contra el Estado nacional.

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