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Jueves 11 de Noviembre de 2021 - Actualizada a las: 06:22hs. del 12-11-2021

CORRIENTES

Todo lo que tenes que saber para las elecciones de este domingo

Luego de las PASO, las Elecciones Legislativas de Argentina de 2021 llegan a su recta final. El electorado de la provincia de Corrientes volverá a las urnas este domingo 14 de noviembre para elegir diputados y senadores. Además algunas comunas del intenerior renovarán intendente, vice y concejales. 



Mirta Sotelo de Andreau, presidenta de la Cámara Federal de Apelaciones, visitó los estudios de Radio Sudamericana para hablar de los últimos detalles para la realización de las elecciones de este domingo.

“Estamos trabajando desde hace mucho tiempo porque tiene varias etapas que deben producirse en los diferentes meses. Hay muhca gente  trabajando para quie el proceso sea exitoso”, señaló.

¿HABRÁ HORARIOS ESPECIALES PARA LA GENTE ADULTA?

“No, pero hay tratamiento para todos los casos, incluso a las personas discapacitadas se le va a llevar la urna hasta el auto si no puede bajar. Hay que facilitarle el acceso a votación a todos”.

¿PUEDE HABER FILAS HASTA AFUERA?

“Habrá filas dentro y fuera del establecimiento, siempre manteniendo la distancia”.

¿Dónde voto?

Ingresá en http://padron.gob.ar para saber tu lugar y mesa de votación

Ingresá tu Documento Nacional de Identidad (DNI) para saber cuál es tu mesa de votación en las elecciones 2021 de Corrientes. ¡Atención! Hay nuevos lugares de votación y cambios con respecto al último sufragio realizado en 2019.

También podés consultar dónde votar llamando por teléfono al 0800-999-7237 o enviando un mensaje de texto al número 30777 con la palabra VOTO seguida de espacio, número de DNI, espacio y la letra M o F (masculino o femenino).

¿Qué pasa si no estoy en el padrón de la provincia de Corrientes?

El 25 de octubre cerró el plazo para informar errores en el padrón. En caso de que no aparecer en el padrón electoral, los vecinos de la provincia de Corrientes podían hacer su reclamo por cualquiera de estas vías:

Por internet: https://www.padron.gov.ar/cne_reclamos/

Por email: reclamos.padron@pjn.gov.ar

Por teléfono: 0800-999-7237

¿Quiénes pueden votar en las Elecciones 2021 del 14 de noviembre?

El voto es voluntario para los jóvenes de 16 y 17 años y también para los mayores de 70. Es obligatorio, en cambio, para quienes comprendan la franja que va desde los 18 años hasta los 70.

A su vez, en el marco de la pandemia por el coronavirus, la Cámara Nacional Electoral exceptuó de ir a votar a quiénes tengan COVID-19, los que sean caso sospechoso, los que sean contacto estrecho de un caso positivo y a las personas que por ser grupo de riesgo tengan indicación médica de no ir a votar. La justificación la podrán hacer con un certificado sobre su situación.

Quiénes hayan ido a votar y en el colegio presenten algún síntoma compatible a Covid-19 o de un caso sospechoso también estarán exceptuados de votar. Las autoridades le informarán que así lo establece la normativa. Pero si quieren votar igual, no se lo pueden impedir. Para esos casos el protocolo fija que el juez electoral de cada provincia debe establecer un mecanismo sanitario seguro de votación para estos casos.

Por otra parte, el Código Nacional Electoral precisa quiénes están excluidos del padrón electoral:

- Los dementes declarados tales en juicio;

- Los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena;

- Los condenados por faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos, por el término de tres años; en el caso de reincidencia, por seis;

- Los sancionados por la infracción de deserción calificada, por el doble término de la duración de la sanción;

- Los declarados rebeldes en causa penal, hasta que cese la rebeldía o se opere la prescripción:

- Los inhabilitados según disposiciones de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos;

- Los que en virtud de otras prescripciones legales y reglamentarias quedaren inhabilitados para el ejercicio de los derechos políticos.

 

El Código Nacional Electoral, a su vez, detalla quiénes quedan exentos de la obligación de votar, además de los citados por el protocolo en pandemia:

- Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial;

- Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales electores se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia;

- Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares.

- Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente;

- El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez (10) días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación. La falsedad en las certificaciones aquí previstas hará pasible a los que la hubiesen otorgado de las penas establecidas en el artículo 292 del Código Penal. Las exenciones que consagra este artículo son de carácter optativo para el elector.

 

¿Qué pasa si no fui a votar en las PASO?

La Cámara Nacional Electoral informó que quienes no hayan votado en las PASO de septiembre están habilitados a sufragar en los comicios del 14 de noviembre. “La ausencia en las elecciones primarias no interfiere con el derecho a voto para noviembre”, informaron de la CNE.

Quienes no participaron de las primarias “deberán justificar la no emisión del voto en las PASO” para no ser obligados en algún momento a abonar la multa correspondiente al caso. Importante: la no realización de ese trámite no impide que la persona pueda votar en las PASO.


¿Los extranjeros residentes en Argentina pueden votar?

Si sos extranjero/a residente en la Argentina, podés consultar las categorías de cargos, forma de empadronamiento y requisitos para votar, de acuerdo a la provincia en la que tengas asentada la residencia. Por ejemplo, en la Ciudad de Buenos Aires los extranjeros están habilitados a votar legisladores locales. Lo mismo sucede en la mayoría de las provincias.

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