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Jueves 15 de Enero de 2026 - Actualizada a las: 08:21hs. del 15-01-2026
Llevó facturas al trabajo por su cumpleaños, lo despidieron y fue indemnizado
El episodio ocurrió en un supermercado de España, donde la empresa lo despidió por considerar la situación una falta grave, pero la Justicia falló a favor del trabajador.
Un trabajador de un supermercado de Galicia, España, fue despedido luego de llevar facturas para compartir con sus compañeros en el día de su cumpleaños. El gesto, que se realizó antes de la apertura del local, terminó en un conflicto que fue llevado a la justicia.
El empleado, en octubre de 2023, fue al trabajo con varias bandejas de facturas compradas en el mismo supermercado para compartir con sus compañeros de trabajo. El importe total de los artículos era de 68,82 euros, pero el pagó 10,23 por un fallo en el cobro.
Ante esta situación, el trabajador pagó los 58,59 euros restantes 12 días más tarde y le avisó a la empresa acerca del error, en busca de que la cajera que le había cobrado no fuera sancionada por su equivocación.
Por qué el trabajador fue despedido por el supermercado
Aunque el empleado pagó el monto restante y notificó el incidente, en noviembre recibió una carta del supermercado en la que se le comunicaba su despido. La justificación fue que en una cláusula del contrato se consideraba falta grave “el consumo, apropiación o uso para beneficio propio de cualquier bien perteneciente a la empresa, así como el consumo fuera de la zona de descanso”.
La justicia falló a favor del trabajador y ordenó una importante indemnización
En ese contexto, el trabajador llevó el caso al Tribunal de Galicia y salió victorioso: la justicia consideró que el error no tuvo ningún tipo de perjuicio económico para la empresa y que quedó solucionado con el pago de la plata restante y la notificación.
Por qué el despido fue considerado improcedente
- No hubo intención de fraude ni beneficio económico por parte del trabajador.
- El error en el cobro fue corregido con el pago de la diferencia.
- La empresa no sufrió ningún perjuicio económico.
- El hecho ocurrió en un ámbito interno y antes de la apertura del local.
- La sanción aplicada fue considerada desproporcionada frente a lo ocurrido
Además, el fallo judicial consideró al despido como improcedente, y le dio dos opciones distintas al supermercado: readmitir al trabajador o pagarle una indemnización de 105.716,09 euros. La sentencia afirmó que el empleado no era digno de sanción de despido.
De esta manera, la resolución judicial remarcó la importancia de que las sanciones empresariales se apliquen con criterio y teniendo el contexto de la situación.
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