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Policiales

Viernes 29 de Noviembre de 2024 - Actualizada a las: 21:40hs. del 30-11-2024

INTERIOR DE CORRIENTES

Menor hallada en Mariano I. Loza estaba en el predio de San La Muerte

En la madrugada de este jueves, el Fiscal Casarrubia a partir de una denuncia efectuada por la madre de una adolescente presuntamente perdida; y con la autorización judicial de la Juez de Garantías, Dra. Benasayag; llevó adelante un operativo en el que pudo dar con la menor, que se hallaba privada de su libertad.  


En horas de la madrugada de este jueves, a partir de una denuncia recibida en horas de la noche del miércoles, el Fiscal Dr. Adrián Aurelio Casarrubia, a cargo de la Unidad Fiscal de Recepción y Análisis de Casos (UFRAC) de Mercedes; requirió a la Juez de Garantías Dra. Simy Beatriz Benasayag, una orden de allanamiento para el predio de San La Muerte ubicado sobre Ruta Nacional 119 del Departamento de Mercedes, en cercanías a la localidad de Mariano I. Loza.; luego de haber recabado varios elementos que presumían a la adolescente denunciada como perdida, oculta en el lugar.

La autorización emanada de la Juez (arts. 175 y 176 del CPP), permitió un minucioso registro de las diversas edificaciones del predio en horas de la madrugada, al que el personal policial de la Comisaría de Mariano I. Loza, a cargo del Sub-Crio. Silvero y el representante del Ministerio Público Fiscal concurrieron en búsqueda de la adolescente denunciada como desaparecida por su madre horas atrás.

Procedimiento realizado

Luego de lograr el hallazgo de la menor, que fue encontrada en situación de encierro alrededor de las 2 de la mañana; el fiscal (art. 227 del CPP) ordenó la aprehensión de cuatro personas presuntamente relacionadas al hecho, que ahora intentará esclarecer el Ministerio Público Fiscal.

A partir de la implementación del Nuevo Código Procesal Penal de Corrientes –ley 6518- se prevé para casos como este, graves y urgentes, que el Juez emita la orden de allanamiento al fiscal de forma oral, confirmando su autorización mediante mensaje telefónico, debiendo registrar luego ello en el legajo judicial correspondiente (art. 176 del CPP), asimismo con la misma premura la normativa prevé la práctica de medidas como esta fuera del horario diurno (art. 174 inc. d del CPP).

Ahora el Ministerio Público Fiscal, continuará con la Investigación Penal Preparatoria a fin de definir las circunstancias de ocurrencia del presunto ilícito y los posibles responsables de ello.

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