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Martes 17 de Febrero de 2026 - Actualizada a las: 07:24hs. del 18-02-2026
Licencias por enfermedad: cómo quedó el proyecto sin este artículo
La abogada laboralista Manuela Asamé analizó en Canal 5TV los principales puntos del proyecto que se debate en Diputados. Confirmó que se eliminó la modificación sobre el pago de licencias médicas y detalló cómo funcionará el nuevo esquema de vacaciones fraccionadas.
En medio del debate por la reforma laboral que avanza en el Congreso, la abogada laboralista Dra. Manuela Asamé brindó precisiones sobre los cambios propuestos y las modificaciones de último momento que impactan tanto en trabajadores como en empleadores. En diálogo con Canal 5TV, confirmó que uno de los artículos más polémicos, el referido al pago de licencias por enfermedad, fue finalmente retirado del proyecto.
“Hace una hora decidieron sacarlo directamente de la reforma al artículo y entiendo que va a continuar el sistema anterior”, explicó. Y aclaró: “Va a seguir el artículo tal cual estaba en la norma vigente”, es decir, con el pago del 100% del salario durante la licencia por enfermedad.
La letrada indicó que el esquema que se evaluaba contemplaba porcentajes escalonados del 50% al 75%, lo que generó fuertes cuestionamientos. “No distinguía si la enfermedad era grave o no, si era un esguince o un cáncer”, señaló.
Según Asamé, la eliminación del artículo busca evitar mayor conflictividad y retrasos en el tratamiento legislativo. “Tenía sus pros y sus contras. Claramente la oposición, los sindicatos y los trabajadores salieron a reclamar y se dio marcha atrás”, sostuvo.
Cambios en las vacaciones
Otro de los puntos centrales de la reforma es la modificación del régimen de vacaciones. La especialista explicó que el nuevo esquema permitirá fraccionar los días, algo que hasta ahora no estaba contemplado de manera flexible.
“Lo que viene a hacer la nueva norma es plantear entre el trabajador y el empleador poder fraccionar. Antes, según la antigüedad, los días se tenían que sacar todos juntos dentro del año calendario”, detalló.
Con la reforma, el mínimo de días continuos será de siete. “Ahora podés hacerlo de acuerdo con tu empleador, siete días mínimo, y eso tiene que quedar registrado”, explicó.
Respecto a la cantidad de días, recordó que el régimen general establece 15 días para quienes tienen hasta cinco años de antigüedad, aumentando progresivamente según los años trabajados.
Además, el período para otorgarlas continuará comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de abril, con notificación previa de 30 días. La novedad es que se garantiza que, dentro de un período de tres años, el trabajador pueda acceder al menos una vez a vacaciones en temporada de verano.
Interrupciones por enfermedad
Asamé también aclaró qué sucede si un trabajador se enferma durante sus vacaciones. “En ese caso se pasa al régimen de licencia por enfermedad. Se cortan las vacaciones y esos días no se pierden, se retoman después”, explicó.
No obstante, recordó que el empleador mantiene la facultad de controlar la veracidad de la situación médica. “Siempre puede mandar el médico laboral”, indicó.
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