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Domingo 22 de Marzo de 2026 - Actualizada a las: 09:01hs. del 23-03-2026
Revocan un fallo por gestación subrogada y ordenan inscribir al niño
La Cámara Civil y Comercial de Corrientes dejó sin efecto una sentencia de primera instancia que había autorizado la inscripción sin reconocer a la mujer gestante. Estableció que la madre es quien da a luz y que el niño quede al cuidado de su padre biológico.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Corrientes revocó un fallo de primera instancia que había permitido inscribir a un niño nacido por gestación subrogada sin incluir a la mujer que lo dio a luz. La decisión se tomó tras un recurso presentado por la asesora de menores, Estela Fanny Romano.
El caso se originó cuando una juez de Familia autorizó la inscripción del niño como hijo de una pareja de Buenos Aires, sin reconocer a la gestante ni dar intervención al Ministerio Público. La Cámara consideró que esa omisión vulneró normas vigentes y dejó sin efecto la resolución.
La vocal de la Sala III, Andrea Palomeque, visitó los estudios de Radio Sudamericana y explicó que “la gestación subrogada es una técnica de reproducción asistida donde una mujer gesta y da a luz un niño, y otra persona o pareja expresa su voluntad procreacional”, pero aclaró que “en nuestro país esta práctica no tiene regulación específica”.
En ese sentido, sostuvo que “la madre es quien da a luz”, tal como lo establece el Código Civil y Comercial, mientras que la filiación paterna puede acreditarse mediante estudios genéticos. En el expediente, se incorporaron análisis de ADN que confirmaron el vínculo biológico del hombre inscripto como padre.
“Se excluye de esta inscripción a la pareja de este señor que no tiene vínculo genético con el niño ni fue quien dio a luz”, precisó la magistrada. No obstante, indicó que esa persona podría iniciar un proceso de adopción por integración.
El tribunal también remarcó que la intervención del Ministerio Público es obligatoria en todos los procesos que involucren a menores. “No se pueden crear vínculos de filiación por acuerdos privados”, advirtió.
Con esta resolución, se ordenó que el niño sea inscripto con la mujer gestante como madre y con el padre biológico, quien además quedó a cargo de su cuidado. Según se indicó, el menor ya se encuentra viviendo con él en la provincia de Buenos Aires.
“Las normas no desprotegen al niño. Lo que se debe definir es qué legislación corresponde aplicar”, concluyó Palomeque.
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